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  • 10 Mar 2009

    Inocente por matar homosexuales

    Hace algunas semanas un jurado de Vigo absolvió a un ciudadano pese a que se probó que había matado de más de treinta puñaladas a dos homosexuales. El jurado entendió, contra toda evidencia, que había actuado bajo los efectos de un miedo insuperable a ser violado. Coincide este caso con el estreno de la película Havey Milk, donde se detalla la lucha de la minoría homosexual de California en los años setenta por evitar la aprobación de diversas leyes que suponían permitir una abierta discriminación contra este colectivo, que llegaban al punto de promover la expulsión de los profesores homosexuales del sistema público de educación.

    Si lees esta noticia o ves esta película te das cuenta de que, en el siglo XXI, volvemos a vivir la misma historia tantas veces experimentada. Una minoría discriminada y estigmatizada se enfrenta a la mayoría para conseguir igualdad en derechos. La mayoría se resiste, pues se considera superior social y moralmente a los miembros de la minoría. Sólo después de una lucha persistente de años la minoría consigue la igualdad formal. La igualdad material tendrá que esperar décadas.

    Este proceso, por el que ya pasaron los negros en Estados Unidos, las mujeres en España, los católicos en Irlanda del Norte, o las personas con discapacidad en cualquier país, se vuelve a repetir en el caso de las personas homosexuales. Cuantas veces hemos visto casos históricos, ambientados en el Sur de EEUU en los años cincuenta, de juicios contra un blanco por asesinar a un negro, que se resuelve con la absolución del asesino por un jurado de blancos.  Cuantos años tuvieron que pasar para que la mujer tuviera derecho al voto.

    En realidad, se trata otra vez de descubrir que la esencia de la democracia no es el gobierno de la mayoría, sino el respeto de las minorías. Una mayoría que aprueba leyes para discriminar a una minoría, que permite que se atropellen sus derechos más básicos, se acerca más a la Alemania de los años 30 que a una verdadera democracia. Sí, gobierno del pueblo, pero sobre todo el respeto al diferente y la garantía de que no se va a atropellar los derechos de nadie. Eso es la democracia. Y cuesta conseguirla. Desde aquí mi felicitación a los productores, directores y actores de Harvey Milk, y mi ánimo a la comunidad gay de California para que sigan en la lucha por el derecho al matrimonio, recientemente anulado por decisión de una ajustada mayoría; vaya también mi solidaridad para con los familiares de las víctimas de todo el mundo asesinadas por su condición sexual, en Irán, en Gambia, también en España. Cogéis el emocionante testigo de la lucha por la igualdad, que no es más que la lucha por hacernos más dignos a todos, como personas y como sociedad.

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  • 19 Feb 2009

    Cadena perpetua

    Durante milenios, la justicia fue venganza y, nos guste o no, si nos pusiéramos en la piel de la madre de Marta del Castillo, la chica brutalmente asesinada hace unas semanas, todos pensaríamos que lo único que le deseamos a sus asesinos es el mayor de los sufrimientos. Por tanto, por historia y por vísceras, la venganza sigue siendo un sentimiento muy vigente. Seamos sinceros: a todos nos gusta que las películas acaben con la muerte del violador o del asesino. 

    La Justicia todavía responde a este sentimiento de venganza en muchísimos países (Estados Unidos a la cabeza), y es una opción muy popular. Hasta el Presidente Obama se ha manifestado a favor de la pena de muerte, igual que lo hizo Clinton y, por supuesto, los Presidentes republicanos. Sin embargo, otras sociedades, como la española, renunciaron hace tiempo a la venganza como motivación de las penas. Sinceramente, no sé si hoy en día volveríamos a hacerlo, pero en un momento histórico especialmente lúcido como el de la aprobación de la Constitución de 1978, el pueblo español, transformado en poder constituyente, limitó las motivaciones de las penas privativas de libertad al objetivo de la reeducación y reinserción social (art. 25). 

    Esto qué significa: significa que el pueblo español pensó en ese momento que ninguna pena privativa de libertad debía tener como objetivo la venganza de las víctimas, sino la reinserción social del delincuente. Y, sobre todo, pensó que debía autolimitarse de cara al futuro, de tal manera que las penas, a partir de 1978, sólo podrían tener dicha motivación si se modifica la Constitución en ese punto. El pueblo español, a través de sus representantes, no puede aprobar leyes contrarias a la Constitución. Por tanto, aunque una mayoría clara de españoles eligiera representantes proclives a fórmulas que no incluyeran mecanismos de reinserción social en el cumplimiento de las penas, estos representantes no podrían llevar a cabo dicho propósito mediante una ley. De igual manera, si se promueve una recogida masiva de firmas para impulsar la iniciativa legislativa popular, el Poder Constituyente sigue limitando al pueblo español de 2008. Sólo una reforma constitucional, fruto de un consenso amplísimo de todos (2/3 en el Parlamento, convocatoria de elecciones y referendum posterior), podría conseguir que la cadena perpetua fuera posible en nuestro sistema jurídico.  En fin, otra salida sería sostener que la cadena perpetua está orientada a la reinserción social: he visto de todo en política y en Derecho, pero hasta tanto no he llegado.

    Por tanto, ante el debate que se avecina, tengamos claras varias cosas: 1) la cadena perpetua para asesinos es una opción con la que simpatiza mucha gente en España, seguramente la mayoría de la población; 2) ello no quiere decir que sea posible, pues ese mismo pueblo hace 30 años decidió que no podría en el futuro instaurar la cadena perpetua; 3) salvo que una reforma constitucional especialmente agravada lo permitiera. Por tanto, cualquier declaración de algún político oportunista que se manifieste, para ganar votos, a favor de la cadena perpetua, debe ir acompañada de la exigencia de una reforma constitucional. Si no es así, además de oportunista será vacía y antijurídica.

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  • 04 Feb 2009

    Audiencia Internacional

    Hace unos días, un juez de instrucción de la Audiencia Nacional admitió a trámite una querella presentada por una organización palestina defensora de los derechos humanos contra un ataque israelí de 2002 que mató en Gaza a 14 civiles, ninguno de ellos español, todos palestinos. Este caso sigue los pasos de otros supuestos conocidos como la investigación contra el Presidente chino por los asesinatos producidos en el Tibet, o de los militares argentinos por su política de represión y exterminio durante las décadas de los setenta u ochenta, por no hablar de las querellas presentadas contra Fidel Castro. Todos estos casos tienen en común supuestos crímenes de genocidio que fueron supuestamente cometidos por extranjeros contra víctimas extranjeras, es decir, sin que existiera ninguna conexión con España. Ello es posible porque España es de los pocos países en el mundo que reconoce la jurisdicción internacional de sus Tribunales para conocer de determinados delitos especialmente graves, es decir, otorga a sus Tribunales la posibilidad de investigar y condenar, en su caso, crímenes especialmente execrables cometidos en cualquier parte del mundo contra cualquier ciudadano del mundo, sin necesidad de conexión alguna con España.

    Recuerdo, al leer este caso, mis tiempos de Director de Gabinete del Ministro de Justicia, y los quebraderos de cabeza que la tramitación de estas querellas daba a nuestra diplomacia, en contraste con la esperanza que las mismas despertaban en las víctimas, seguida de la frustración consiguiente cuando se tenía que archivar el caso por ser, casi siempre, materialmente imposible para la instrucción de la Audiencia Nacional practicar prueba alguna sobre dichos supuestos.

    Creo firmemente en la jurisdicción internacional. No me gustan las fronteras ni soy un firme defensor de la soberanía nacional. Pienso, bien al contrario, que los derechos humanos han de respetarse en todo el mundo y que su vulneración, sobre todo las más dolorosas, han de ser perseguidas allí donde se produzcan, incluso si el culpable es un Gobierno de un Estado cuya Justicia hace la vista gorda. Así que no compro el primer argumento de todos, es decir, que cada país se ventila sus propios asuntos sin que el resto de la Humanidad pueda decir nada al respecto.

    Aprecio mucho que España haya sido pionera en abrir paso a la jurisdicción internacional. Una legislación permisiva unida a la determinación del juez Garzón han convertido a España en un referente en la defensa de los derechos humanos. Ha sido bueno para nuestra imagen en lo que cuenta, la defensa de los derechos humanos, pero también creo que debemos ya pasar página.

    La jurisdicción internacional ha de ser ejercida por el Tribunal Penal Internacional (TPI), no por un Tribunal de un país concreto. Primero, porque no sirve para corregir ninguna injusticia, pues son procedimientos judiciales de imposible ejecución. Segundo, porque entorpece y debilita la posición del TPI: todos nuestros esfuerzos deberían estar dirigidos a fortalecer dicha  institución. Tercero, porque con la actual regulación de la materia, cualquier día un juez de instrucción de la Audiencia Nacional especialmente incisivo puede a solicitar la extradición a España de Fidel Castro, o del Presidente chino, o de George Bush, o del Rey de Marruecos. Y el Gobierno se verá, por nuestra legislación, obligado a tramitarla. ¿Es realmente viable dicha extradición? ¿Perjudica nuestra imagen como país? ¿No damos una imagen de arrogancia excesiva cuando no hemos sido capaces de meter a un sólo genocida franquista en la cárcel? Hagamos una reflexión sensata: pongamos en manos de quien debe esta importantísima misión y dejemos a la Audiencia Nacional para resolver nuestros crímenes, que ya son unos cuantos.

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  • 20 Ene 2009

    La huelga de los jueces

    Cuando fui Director de Gabinete del Ministro de Justicia, una de las cosas que más me llamó la atención fue que un Ministro de Justicia, al contrario que el Ministro del Interior, de Administraciones Públicas o de Cultura, tiene vedado constitucionalmente ningún tipo de ascendencia sobre los funcionarios al frente de la Administración de Justicia, es decir, sobre los jueces. No sólo es que la independencia judicial consagrada en la Constitución se utilizara para evitar cualquier presión del Gobierno sobre las resoluciones judiciales, como no podía ser de otra manera. No. Es que la independencia judicial era manoseada por los jueces para oponerse a cualquier tipo de control de la calidad de su trabajo, de su horario, de su vida profesional.  Los jueces no somos Administración de Justicia, somos poder del Estado, y como tal, sólo respondemos ante nosotros mismos, decían. La APM y la derecha judicial más corporativa que domina la Carrera lo dejaban muy claro a cada paso que se intentaba dar para corregir el desastre que es la Administración de Justicia, desastre que oyendo hablar ahora a algunos jueces parece como si no fuera con ellos.

    Por eso me llama poderosamente la atención que ahora los jueces quieran hacer huelga, y eximan para ello el art. 28 de la Constitución, que habla del derecho de los trabajadores a la huelga. ¡Ahora son trabajadores por cuenta ajena, sometidos a un patrón, y no un poder del Estado¡ Bueno, en realidad la versión es un win-win para los jueces: somos un poder del Estado, pero como nadie nos lo prohíbe podemos hacer huelga.

    Con independencia de la firmeza en los principios que demuestra esta actitud, fijaros la paradoja que sería que la Administración decidiera demandar a los jueces por incumplimiento de los servicios mínimos ante los mismos jueces, que la interpretación de la legislación sobre la huelga que hacen los jueces fuera sobre su propia huelga. ¡¡O que la fijación de los servicios mínimos del Estado fuera recurrida por los jueces ante sí mismos¡¡ Podríamos seguir imaginando que, envidioso de estas nuevas atribuciones, el Presidente del Gobierno y los Ministros se pusieran en huelga contra el Legislativo por no subirle el sueldo. ¡Por qué no, si no lo prohíbe expresamente la Constitución ni ninguna ley¡ La consecuencia sería su no comparecencia en sesión de control, pero no porque no quiera ser controlado por el representante de la voluntad popular, sino porque está en huelga.

    Si encima estamos hablando de un Cuerpo de funcionarios que no gana menos de 5000 euros al mes, sólo podemos llegar a una conclusión: a trabajadores tan esforzados y tan maltratados, tan indefensos, no les podemos negar un derecho fundamental tan importante para ellos. ¡A la huelga, compañeros¡

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  • 09 Ene 2009

    El banquillo de los acusados en campaña

    La Ley de Partidos acabó con muchos años donde la democracia trató, a base de demasiada buena voluntad, integrar a los violentos en las instituciones. Creo que los años han venido a justificar que esta Ley, fruto del Pacto Antiterrorista firmado en 2000, ha sido un arma potente en la lucha contra ETA, y, sobre todo, ha evitado la humillación de las víctimas al ver a los que jalean a sus verdugos ejercer cargos institucionales. Sin embargo, como demócrata convencido, no dejo de percibir que esta ley tiene una nota de excepcionalidad  que me conduce a pensar que cualquier interpretación excesivamente amplia de la misma puede constituir un problema grave para el sistema democrático.

    Viene a cuento esta reflexión al hilo de la pésima imagen que supone ver en el banquillo de los acusados al lehendakari y al líder de la oposición, elegido por los vascos, por haberse sentado a hablar con miembros de Batasuna, en el loable intento de conseguir un final dialogado de la violencia. Y más escándalo me produce que todo ello venga instigado por la acción popular ejercida por un sindicato ultraderechista llamado Manos Limpias, famoso por judicializar cualquier aspecto de la vida política que no le agrada.

    El banquillo de los acusados, además, coincide casualmente, o no tanto, con la campaña electoral. Y se ha convertido, paradojas de la vida, en la última oportunidad del lehendakari de darle la vuelta a las encuestas y lograr mantenerse en el poder. Porque lo que está pasando, y ni os cuento si alguno de los dos es condenado, lo único que está haciendo es desligitimar una acertada ley, a base de retorcerla de manera espúrea desde la derecha más extrema alentada por el ala dura del PP.

    Casi nadie en el País Vasco puede entender que su lehendakari se siente en ese infamante banquillo por hablar con los miembros de Batasuna que, por muy mal que nos caigan, eran pesonas que no estaban condenadas por ningún delito y, por tanto, no eran terroristas, como veo que vuelve a decir hoy una representante del PP. Y ése es precisamente el mensaje que el PNV tratará de explotar: la pérfida España criminaliza que el máximo representante de los vascos se siente a hablar con otro vasco para buscar una solución a la violencia. Sólo por hablar de acabar con ETA vas a la cárcel en España. En realidad vas a la cárcel por ser vasco. ¡Qué regalo más estúpido no sólo al PNV sino a la propia ETA¡

    Lo peor es que no es eso lo que dice la ley: es sólo la fanática interpretación de la misma que hace la extrema derecha española, que no olvidemos que tiene muchos adeptos entre la judicatura. Extrema derecha que ha sido demasiado tiempo alentada por el PP. Ojalá una victoria de Patxi López acabe de una vez con tanta sinrazón, para que el nacionalismo vasco y sus planes secesionistas pasen a la oposición, para que los bárbaros cesen de dar tiros, pero también para que el nacionalismo español no vuelva a incurrir en tantos excesos como ha incurrido en los últimos años.

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  • 02 Ene 2009

    ¿Quién controla al controlador?

    Uno de los aspectos más controvertidos del sistema constitucional es decidir quién controla al controlador y cómo lo hace. Nuestra Constitución establece controles para que los poderes no sean absolutos, y así hasta el Legislativo, que supone la representación de la voluntad popular, no tiene poderes ilimitados, al establecerse que el contenido de las leyes debe adecuarse a la Constitución y señalarse una instancia superior que ejerce dicho control: el Tribunal Constitucional. Por otro lado, la legalidad y constitucionalidad de las actuaciones de los ciudadanos y de los poderes públicos está controlada por el Poder Judicial. Para que estos órganos puedan ejercer su labor sin presiones se les reviste de numerosas garantías, entre las que se sitúa la garantía de la independencia.  De tal forma que, al igual que en un partido de fútbol las reglas las interpreta y aplica un árbitro, o en un concurso de belleza existe un jurado que decide el ganador, las reglas que rigen nuestro Estado de Derecho se aplican e interpretan de acuerdo a lo que señalan los jueces, y estos jueces ejercen su labor con absoluta independencia.

    Pero claro, llevado a su último extremo, ¿qué significa esto? ¿Significa que un juez puede hacer lo que le venga en gana en su trabajo sin ningún tipo de control en aras de su independencia? Parece ser que en España gran parte de los jueces, apoyados por un sistema que les permite autogobernarse, han acogido una interpretación cercana a esta premisa inadmisible. Sólo desde esta perspectiva cabe entender que todos los jueces en bloque que forman el Consejo General del Poder Judicial hayan decidido que un juez que permanece más de dos años sin ejecutar una sentencia de un señor condenado por abusos sexuales, dando lugar a que en ese período de tiempo dicho individuo viole y mate a una niña, se pueda ventilar con 1500 euros de multa.

    Porque este desgraciado episodio del juez Tirado es sólo la punta del iceberg más dramática de un problema estructural. En España, en aras de la independencia judicial, los jueces carecen de mecanismos de control de su trabajo que merezcan ese nombre. Para empezar, según un desafortunado diseño constitucional, son ellos mismos a través del CGPJ los que deciden sobre sus infracciones y sanciones. Es como si los médicos decidieran cómo y de qué manera sancionar las negligencias médicas. Además, si falta al trabajo, o llega tarde, o sólo dicta una sentencia al mes, o si no dicta ninguna, no tiene ningún jefe ni Administracion que le llame la atención, pues nadie puede controlar al controlador, porque en eso se basa la división de poderes, nos dicen. Será la inspección del CGPJ, es decir, de los propios jueces la que hará el trabajo, pero no lo hace, porque, ay, es del gremio, y es comprensible que sea un desastre, porque no hay medios, no hay organización, son los políticos quienes tienen la culpa de que una sentencia no se ejecute,de que muera la niña.

    Controlar al controlador, si hablamos del contenido de las sentencias, no es buena idea, por supuesto: supondría cercenar una de los pilares del Estado de Derecho. Pero controlar al controlador, cuando hablamos de las exigencias mínimas del desempeño de su trabajo -que se cumpla el horario laboral, que se dicten las sentencias, los autos- no sólo es conveniente sino absolutamente necesario para que la Justicia en España deje de ser la pesadilla que todos conocemos y comience a recuperar un mínimo de dignidad. Por ello es urgente, cuanto antes, una reforma de la Constitución para asignar al Ministerio de Justicia la competencia para controlar estos desmanes, como ocurre en casi todos los países democráticos de nuestro entorno. El CGPJ ha demostrado consabidas veces que el corporativismo le impide ejercer esta función como la ciudadanía exige.

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