Como todos ya sabemos, esta semana una inoportuna cacería sin licencia concluyó en el cese de un Ministro, lo que provocó que el martes por la mañana tomara posesión del cargo de Ministro de Justicia Francisco Caamaño, el hasta ahora Secretario de Estado de Asuntos Constitucionales y Parlamentarios. Éste acudió a la Zarzuela a jurar o prometer la Constitución ante el Rey: cuando el Secretario de Estado de Asuntos Constitucionales en tránsito hacia Ministro de Justicia se acercaba a la Moncloa debió pensar para sí mismo de lo paradójico que resulta que él, Catedrático de Derecho Constitucional, se disponía a participar de un acto clarísimamente inconstitucional.
Y no me refiero sólo a la presencia de un crucifijo en la ceremonia, lo que contradice clarísimamente el carácter aconfesional del Estado (art. 16.3 CE). Se trata de un asunto ya muy estudiado: si ninguna religión es estatal cómo se concibe que un símbolo de una religión determinada adquiera tal protagonismo. Me refiero esta vez a un aspecto mucho menos comentado: la propia fórmula que se utiliza para la jura o promesa de la Carta Magna: se pone la mano encima de la Constitución, y se dice: Juro/Prometo (a elección) guardar y hacer guardar la Constitución”
No todo el mundo lo sabe, pero el art. 16.2 CE señala que “nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias”. Cuando Fran Caamaño juró la Constitución el pasado martes, fue obligado, si quería acceder a la condición de Ministro, a trasladar a la opinión pública que tiene convicciones religiosas lo suficientemente profundas como para escoger el juramento -relacionado con la creencia en Dios- sobre la promesa -tradicionalmente identificada como la fórmula laica-. Quien piense a estas alturas que todo esto es irrelevante, le diré que ya he asistido a varias conversaciones esta semana donde se ha comentado desde un prisma político esta situación, poco común en dirigentes socialistas, igual que tuve que escuchar comentarios a la inversa cuando Soraya Saez de Santamaría prometió la Constitución para acceder a su acta de diputada, fórmula muy poco común, en este caso, entre las filas del PP, más nutridas de creyentes confesos.
Por supuesto que Fran Caamaño es perfectamente libre de comentar sus inclinaciones religiosas, pero lo que no me parece constitucionalmente aceptable es que se vea obligado a ello si quiere alcanzar su cargo. Todo se solucionaría si la fórmula cambiara, de tal manera que se preguntara al cargo público si jura o promete la Constitución y éste sólo tuviera que decir: “Sí”. Y sólo si él quiere, añadiera: “Sí, juro” o “sí, prometo”. Nadie así se vería obligado a dar información innecesaria a los demás sobre sus convicciones. Si alguna vez tengo la oportunidad de volver a pasar por ese trance -como ya hice en 2004 cuando accedí a Jefe de Gabinete de Ministro- intentaré, en respeto de la Constitución, qeu se me aplique esa fómula. Lo juro (o lo prometo).

Suscríbete por email!



